¿Cuál fue la contención social y jurídica que se le brindo a las víctimas en dicho momento?

 

En este caso dos menores de edad son las victimas en un caso totalmente desagradable con lamentables consecuencias en donde las víctimas directas ahora están sufriendo consecuencias que debido a su inocencia muchos se aprovecharon de eso creando una completa desgracia en contra de personas inocentes y vulnerables.

Contención jurídica la sala VI reacciona en contra del Estado y lo condena por las malas acciones que se habían realizado en el caso de la niña desaparecida y su madre debido a que se sabia de lo que estaba sucediendo sin embargo hicieron caso omiso a la situación que se estaba presentado en ese momento las instituciones publicas no actuaron como debían de hacerlo de acuerdo con lo establecido en nuestras leyes costarricense en cuanto a los derechos de los menores de edad.

Se presento una ineficiencia muy grande y grave por parte de las instituciones que tenían conocimiento sobre el caso de la madre adolescente, el PANI incluso tenían a la menor y a su hermano a su cargo sin embargo los dejaron en manos de personas que no les brindaban ningún tipo de seguridad y bienestar social, la CCSS también tenía conocimiento del caso pues la menor utilizo de sus servicios para poder dar a luz a la niña Keibril y sin embargo tampoco actuaron, el MEP con una edad de 12 años una niña debe de estar en las aulas estudiando, superándose, adquiriendo conocimientos es responsabilidad también de los funcionarios de esta institución tomar cartas en el asunto, esta llamada de atención no es solo por este caso existen muchos aun que no se les esta brindando la atención necesaria, indica la sala VI que ninguna de esas instituciones y las menores quedaron totalmente desamparadas.




Imagen 11: Magistrados ordenan que en 15 días plazo se inicien procesos para sentar responsables. ( Madrigal,2023)

Para la Sala Constitucional, las conductas del PANI no constituyeron un tratamiento, ni una atención fluida, constante, eficiente y efectiva para el tipo de problemática de la que tenía conocimiento. Además los magistrados señalan que no es de recibo el argumento de la presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, ni el de la directora general del Hospital Dr. Max Peralta Jiménez, al indicar que debido a que el PANI ya conocía a priori de la situación de embarazo de la menor de edad tutelada, la CCSS no debía activar el protocolo referente a sospechas de maltrato, abuso o violencia contra persona menor de edad, y la formulación de la denuncia respectiva ante la autoridad judicial competente. (Madrigal, 2023)

La Sala Constitucional mando una advertencia a los funcionarios públicos que se tenían conocimiento y no hicieron su trabajo de forma correcta y serán sancionados de acuerdo con las normas establecidas, por ejemplos serán separados de sus cargos por su negligencia en sus cargos establecidos.

Se demostró la contención social por medio de muchas manos solidarias que se hicieron presentes para colaborar en la búsqueda de la niña desaparecida en Paraíso de Cartago, muchas personas de todos las del país se unieron junto a las instituciones humanitarias que laboran en nuestro país como la Cruz Roja, Bomberos, la familia de la niña también se ha unido a la causa abuela, tíos, primos, personas que pertenecen a organizaciones sociales, a iglesias brindaron una mano de solidaridad a favor de esta emergencia.

Aun después de que las autoridades tomaron la decisión de dejar la búsqueda debido a que ya había transcurrido mucho tiempo y las esperanzas ya no eran alentadoras los vecinos, amigos y familiares sin embargo ellos siguieron con la búsqueda con la esperanza de poder encontrar a la menor con bien y poder reunirla de nuevo con su madre.


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